A partir del 1 de abril, se implementarán importantes cambios para los jubilados en España, derivados de las reformas aprobadas en diciembre. Estas modificaciones afectan a las modalidades de jubilación parcial, activa y demorada, y buscan "compatibilizar la pensión de jubilación con el trabajo, regular un nuevo procedimiento para actividades de alta peligrosidad y optimizar los recursos de las mutuas para mejorar la salud de los trabajadores", según el Gobierno.
Estas reformas están reflejadas en el Real Decreto-ley 11/2024, de 23 de diciembre, que modifica varios aspectos de las modalidades de jubilación mencionadas, adaptando la normativa a las condiciones económicas y sociales actuales, con el fin de mejorar la compatibilidad entre pensión y trabajo.
Jubilación activa: novedades clave
La jubilación activa permite a los pensionistas compatibilizar su pensión con un empleo durante un tiempo determinado, una opción atractiva para aquellos que, a pesar de haber alcanzado la edad de jubilación, desean continuar en el mercado laboral.
Con la entrada en vigor de estas medidas, ya no será necesario cumplir con la cotización completa para acceder a la jubilación anticipada. Podrán acceder a la pensión quienes hayan cotizado al menos 15 años. Además, tras cinco años de jubilación activa, se podrá compatibilizar el 100% de la pensión con el trabajo.
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El porcentaje de compatibilidad aumentará progresivamente con los años de demora en la jubilación: un 45% tras un año de retraso, un 55% al segundo, un 65% al tercero, un 80% al cuarto, y un 100% a partir de cinco años de demora.
Jubilación parcial: principales cambios
La jubilación parcial, que permite a los trabajadores reducir su jornada laboral y recibir una pensión proporcionalmente menor, también sufrirá modificaciones a partir de abril:
- Se podrá acceder a la jubilación parcial con contrato de relevo hasta tres años antes de alcanzar la edad de jubilación ordinaria.
- Los trabajadores que adelanten más de dos años su jubilación podrán reducir su jornada entre un 20% y un 33% durante el primer año.
- Los trabajadores fijos discontinuos podrán ser relevistas en esta modalidad.
- El contrato del relevista deberá ser indefinido y a tiempo completo, y se mantendrá al menos dos años tras la extinción del contrato del trabajador relevado.
Modificaciones que afectan a las modalidades de jubilación parcial, activa y demorada
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Además, los trabajadores que ya hayan alcanzado la edad ordinaria de jubilación podrán acceder a la jubilación parcial con una reducción de jornada entre el 25% y el 75%, sin necesidad de un contrato de relevo.
Jubilación demorada: modificaciones importantes
La jubilación demorada, que ofrece incentivos por retrasar la jubilación más allá de la edad legal, verá una reducción en el incentivo por cada periodo adicional trabajado, pasando de 12 a 6 meses a partir del segundo año de haber alcanzado la edad de jubilación. Esto significa que quienes opten por esta modalidad recibirán una pensión mayor por cada seis meses adicionales trabajados.
Perspectivas sobre la jubilación flexible
El Secretario de Estado de Seguridad Social y Pensiones, Borja Suárez, ha señalado que la "próxima medida" será una nueva regulación de la jubilación flexible, un compromiso adquirido por el Ministerio con los agentes sociales. Este tipo de jubilación permitirá a las personas ya jubiladas reincorporarse al mercado laboral en un modelo más flexible. Suárez explicó que muchos jubilados, tras un corto periodo de inactividad, expresan su deseo de mantener un nivel de actividad, lo cual sería una oportunidad para aprovechar la experiencia de los trabajadores mayores.
En relación con las reformas que entrarán en vigor el 1 de abril, Suárez destacó que la jubilación activa y parcial son una "oportunidad" para retrasar la salida del mercado laboral, lo que permitirá a España igualarse a otros países en este aspecto. Además, subrayó que estas políticas han logrado reducir la proporción de jubilaciones anticipadas, que ahora representan menos del 30% del total de jubilaciones nuevas.
Opiniones sindicales
Desde CCOO, su secretario de Políticas Públicas y Protección Social, Carlos Bravo, recalcó que la regulación de la jubilación flexible debe implementarse antes del verano, buscando mejorar la cuantía de la pensión mientras se compatibiliza con el trabajo. También señaló que aún se están discutiendo detalles sobre si esta compatibilidad se hará a tiempo parcial o completo, y bajo qué condiciones.
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Por su parte, la vicepresidenta de ATA, Celia Ferro, defendió que las modalidades de jubilación activa, parcial y flexible son esenciales para evitar el aumento de las jubilaciones anticipadas y permitir una transición más suave hacia la jubilación total.
Con estos cambios y las futuras reformas en camino, el Gobierno busca ofrecer más flexibilidad a los jubilados, adaptándose mejor a las necesidades del mercado laboral y mejorando las condiciones de vida de los pensionistas.
Puntos clave:
Jubilación activa más accesible: Se elimina el requisito de cotización completa para acceder a la jubilación anticipada, permitiendo compatibilizar la pensión con el trabajo. Tras cinco años en jubilación activa, se podrá cobrar el 100% de la pensión mientras se trabaja.
Cambios en la jubilación parcial: Se podrá acceder con contrato de relevo hasta tres años antes de la edad ordinaria de jubilación. Además, los relevistas deberán tener contrato indefinido y a tiempo completo, con un mínimo de dos años de duración.
Modificación en la jubilación demorada: La bonificación por retrasar la jubilación se reduce, pasando de incentivos por cada 12 meses adicionales trabajados a solo 6 meses a partir del segundo año.
Regulación pendiente de la jubilación flexible: Se prevé una normativa para permitir que jubilados puedan reincorporarse al mercado laboral de manera más adaptable, con condiciones aún en discusión.